Decisión: ¿Fonasa o Isapre?
Esta es la primera bifurcación real de la categoría, y probablemente la decisión de salud más importante para cualquier persona que empiece a trabajar en Chile.
La diferencia estructural
| Fonasa | Isapre | |
|---|---|---|
| Naturaleza | Sistema público, solidario — todos pagan 7% fijo sin importar edad, sexo ni preexistencias | Sistema privado — firmas un contrato con un plan específico cuyo precio varía según tu perfil |
| Costo | 7% fijo del sueldo imponible, igual para todos | 7% mínimo, pero el plan puede costar más según edad, sexo, cargas y estado de salud |
| Cargas familiares | Sin costo adicional por cargas | Cada carga adicional generalmente encarece el plan |
| Atención en clínicas privadas | Tramos B, C y D pueden usar la Modalidad de Libre Elección (MLE) comprando bonos; tramo A solo atención pública | Acceso directo según tu plan, generalmente sin bono |
| Preexistencias | No discrimina | Pueden generar exclusiones o recargos en el plan |
Los 4 tramos de Fonasa
Fonasa clasifica automáticamente a sus afiliados en 4 tramos según ingreso imponible y cargas familiares. No se hace ningún trámite para que te asignen un tramo — el sistema lo calcula solo, actualizándolo una vez al año en abril.
| Tramo | Ingreso mensual aproximado (2026) | Modalidad Libre Elección (MLE) |
|---|---|---|
| A | Sin ingresos o carente de recursos | No — solo atención en la red pública |
| B | Hasta el sueldo mínimo (~$539.000) | Sí, con el mayor copago en la MLE |
| C | Hasta ~$786.940 | Sí, copago intermedio |
| D | Superior a $786.940 | Sí, mayor copago, mismos derechos de acceso |
Dato que se malinterpreta seguido: el tramo D no tiene menos derechos que B o C — tiene exactamente el mismo acceso. La única diferencia real es que paga el máximo del 7% y tiene el copago más alto al usar bonos de la MLE.
Si tienes 3 o más cargas familiares acreditadas, los tramos C y D pueden bajar un nivel reduciendo tu copago — este ajuste no es automático, debes solicitarlo en una sucursal de Fonasa.
Todos los tramos tienen "Copago Cero" en la red pública desde 2022 — atención en consultorios y hospitales es gratuita para cualquier tramo, incluyendo AUGE/GES, urgencias con hospitalización, medicamentos y prótesis.
Afiliación a Fonasa
Desde que comienzas en un nuevo trabajo tienes hasta 45 días para solicitar la afiliación, presentando certificado de Previred que acredite el pago de una cotización de salud del mes anterior. Si vienes de una Isapre, necesitas la carta de desafiliación de esa institución.
Restricción importante al cambiarte de Isapre a Fonasa: tu cobertura de la Isapre continúa por un mes adicional después de la fecha de desafiliación, y no puedes inscribirte en Fonasa antes de que pase ese mes. Planifica este período de transición para no quedar sin cobertura.
Cambio entre sistemas
A Isapre: te acercas directamente a la Isapre de tu preferencia con tu cédula e ingresos, y firmas un Formulario Único de Afiliación — la propia Isapre notifica a Fonasa el cambio.
A Fonasa: solicitas la desafiliación a tu Isapre (que te entrega un certificado), presentas ese certificado a tu empleador, y te afilias a Fonasa una vez cumplido el mes de espera.
→ ¿Cómo elijo mi AFP y mi fondo? Comisión vs. rentabilidad, multifondos y fondos generacionales 2027
AFP para trabajadores independientes
La distinción central: obligados vs. voluntarios
| Independiente obligado a cotizar | Independiente voluntario | |
|---|---|---|
| Quién es | Emite boletas de honorarios por 5 o más ingresos mínimos mensuales al año, tiene menos de 55 años (hombres) o 50 años (mujeres) al 1 de enero de 2018, y no está afiliado a sistemas de reparto | Cualquier otro independiente que quiera cotizar por su cuenta |
| Cómo se paga | Vía retención automática de las boletas, calculada en la Operación Renta anual del SII | Vía PreviRed, mensualmente, de forma voluntaria |
Modalidades de cobertura (para el obligado a cotizar)
- Cobertura Completa: cotiza el 100% de la renta imponible anual para pensión, salud y los seguros sociales completos (ATEP, SANNA, SIS).
- Cobertura Parcial (2026): cotiza el 80% de la renta imponible anual para salud y pensiones, pero mantiene el 100% para los seguros de accidentes del trabajo (ATEP) y SANNA.
Tope y piso de renta imponible 2026: no puede ser inferior a 4 ingresos mínimos mensuales anuales, ni superior a 12 veces el tope imponible mensual (~87,8 UF).
Cuándo empieza realmente tu cobertura
La cobertura previsional del independiente no es inmediata — se activa según un ciclo anual desfasado. Los honorarios percibidos durante 2025 (por los que pagaste cotización en la Operación Renta de abril 2026) dan cobertura desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2027.
Si trabajaste como independiente un año pero quedaste cesante al siguiente, igual mantienes cobertura durante todo ese ciclo de 12 meses, independiente de tu situación laboral actual.
Licencias médicas
Requisitos generales para tener derecho a subsidio
Trabajadores dependientes:
- Contrato de trabajo vigente al inicio de la licencia
- 6 meses de afiliación a un sistema previsional (AFP o INP/IPS)
- 3 meses continuos o discontinuos de cotización previsional y de salud, previos al inicio de la licencia
Trabajadores independientes que cotizan voluntariamente:
- Licencia médica autorizada
- 12 meses de afiliación en salud anteriores al inicio de la licencia
- Al menos 6 meses de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de esos 12 meses
- Estar al día en el pago de cotizaciones
- Acreditar la actividad que genera ingresos por medios fidedignos: boletas de honorarios, patente municipal, declaraciones juradas de al menos dos testigos, u otros medios
Plazos para presentar la licencia — aquí se pierden derechos por descuido
Trabajador dependiente: es responsabilidad del empleador presentar la licencia a la Isapre o COMPIN, dentro de 3 días hábiles desde que la recibe. Si el empleador no la presenta a tiempo, debe pagar él mismo el monto de la licencia — vale la pena hacer seguimiento igual.
Trabajador independiente: la responsabilidad es tuya — debes presentar la licencia ante la COMPIN (si estás en Fonasa) o ante tu Isapre, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de emisión. Perder este plazo puede significar quedarte sin el subsidio aunque la licencia en sí sea válida.
Si tienes más de un empleador, o trabajas de forma dependiente e independiente a la vez: necesitas una licencia médica separada por cada empleador — el médico tratante debe emitir tantas licencias como relaciones laborales tengas.
Si te rechazan la licencia
Si estás en Fonasa: puedes presentar un Recurso de Reposición ante la misma COMPIN, o a través de milicenciamedica.cl.
Si estás en Isapre: puedes reclamar directamente ante tu Isapre, o ante la COMPIN correspondiente a tu domicilio, dentro de 15 días hábiles desde que recibiste la respuesta.
Si la COMPIN mantiene el rechazo: puedes apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), la última instancia administrativa para este tipo de disputas.
Resumen de instituciones involucradas
| Institución | Rol en esta categoría |
|---|---|
| Fonasa | Administra el sistema público de salud, tramos y afiliación |
| Isapres | Aseguradoras privadas de salud, cada una con sus propios planes y portal |
| AFP | Administra los fondos de pensión, incluyendo la cotización voluntaria de independientes |
| PreviRed | Plataforma para pagar cotizaciones voluntarias como independiente |
| SII | Calcula la retención y cotización obligatoria anual de independientes vía boletas de honorarios |
| COMPIN | Autoriza y resuelve licencias médicas para afiliados Fonasa |
| Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) | Última instancia de apelación en disputas de licencias médicas |
| Superintendencia de Salud | Regula y fiscaliza tanto a Fonasa como a las Isapres |