🇨🇱Desenrédate
Guía paso a paso

Trámites tributarios (SII)

Boleta de honorarios electrónica, facturación electrónica, Formulario 29 mensual y Formulario 22 anual — para independientes y empresas en Chile.

Última verificación: 8 de julio de 2026

Antes de empezar: ¿boleta de honorarios o factura electrónica?

Esta es la primera bifurcación real de esta categoría, y conviene resolverla antes de todo lo demás porque determina qué trámites de esta guía te aplican:

Boleta de honorariosFactura electrónica
Quién la emitePersonas naturales con inicio de actividades de segunda categoría (profesionales, técnicos, oficios independientes)Empresas (EIRL, SpA, Ltda., SA) y personas naturales de primera categoría con giro comercial
Lleva IVANoSí (19%, salvo excepciones)
RetenciónSí, automática, según escala legal vigente (ver más abajo)No aplica retención tipo boleta — el IVA se declara distinto
Ejemplo típicoUn diseñador freelance, un consultor, un programador independiente sin empresa constituidaUna empresa que vende productos o servicios con IVA

Si ya constituiste una empresa (según la guía de Crear y formalizar una empresa), este trámite no te aplica a ti como persona — tu empresa emitirá facturas electrónicas, no boletas de honorarios. Las boletas de honorarios son para cuando tú, como persona natural, prestas servicios de forma independiente sin una sociedad de por medio.


Boleta de honorarios electrónica

Requisitos para emitirla

  • Haber hecho tu inicio de actividades de segunda categoría ante el SII (trámite previo obligatorio)
  • Realizar actividades gravadas por el artículo 42 N°2 o el artículo 48 de la Ley de la Renta (profesiones, oficios, ocupaciones lucrativas independientes)
  • No tener anotaciones negativas en el SII que restrinjan la emisión de boletas
  • Contar con Clave Tributaria, ClaveÚnica o Certificado Digital

La retención: cuánto te descuentan y por qué sube cada año

Desde 2019, la Ley N° 21.133 estableció un aumento gradual de la retención hasta llegar al 17% en 2028 — el objetivo es que los trabajadores independientes financien gradualmente su cobertura previsional (AFP, salud, seguro de accidentes), igual que ocurre automáticamente con los trabajadores dependientes.

AñoRetención
202313%
202413,75%
202514,5%
2026 (vigente)15,25%
202716%
2028 (tope final)17%

Ejemplo con la tasa 2026: si emites una boleta por $500.000 brutos, te retienen $76.250 (15,25%) y recibes $423.750 líquidos.

Importante — esa retención no es un impuesto que "desaparece": se imputa después en tu Operación Renta de abril, y financia tus cotizaciones obligatorias de AFP, salud y seguro de accidentes del trabajo, dándote cobertura previsional similar a la de un trabajador dependiente.

Decisión al emitir: ¿con o sin datos del receptor?

Al emitir la boleta, el sistema te pregunta quién declara y paga la retención:

  • Con datos del receptor (el más común cuando facturas a una empresa): el receptor (tu cliente, si es una empresa con inicio de actividades) retiene el monto y lo declara/paga por ti a través del Formulario 29.
  • Sin datos del receptor (cuando el pagador es una persona natural sin inicio de actividades): no hay retención automática por parte de quien te paga — tú mismo debes declarar y pagar tu Pago Provisional Mensual (PPM) correspondiente.

Elegir mal esta opción es un error frecuente y puede generarte una obligación mensual de declaración que no esperabas — si tu cliente es una empresa, la opción normal es "con datos del receptor".

Cómo se hace

  1. Ingresa a sii.cl → Servicios Online → Boletas de Honorarios Electrónicas → "Emisor de boleta de honorarios".
  2. Autentícate con RUT y Clave Tributaria, ClaveÚnica o Certificado Digital.
  3. Ingresa el monto bruto acordado con tu cliente (no el líquido).
  4. El sistema calcula automáticamente la retención vigente (15,25% en 2026).
  5. Revisa el borrador con cuidado antes de confirmar — una vez emitida y declarada por el receptor, ya no se puede anular en línea.
  6. Confirma la emisión.

Plazo: debes emitir la boleta en el mismo momento en que te pagan el servicio, y hasta un máximo de 90 días después de ese pago.

Detalle que confunde a muchos — mes del pago vs. mes de emisión: la retención se declara en el mes en que efectivamente recibiste el pago, sin importar cuándo emitiste la boleta. Ejemplo: si emites la boleta el 5 de marzo pero te pagan el 25 de abril, la retención se declara en mayo (por el pago recibido en abril).

🔗Trámite en línea — Emitir boleta de honorarios
Acceso conRUT + Clave Tributaria, ClaveÚnica o Certificado Digital
Cómo entrarEn Servicios Online, busca «Boleta de Honorarios Electrónica» → «Emisor de boleta de honorarios». También disponible en la app móvil e-Honorarios (Android e iOS).
NotaSi necesitas anular una boleta y el receptor ya la declaró, la anulación deja de ser posible online y debes hacerla presencialmente en una oficina del SII.

Facturación electrónica

Aplica si tienes una empresa constituida (EIRL, SpA, Ltda., SA) o eres persona natural de primera categoría con giro comercial afecto a IVA.

Qué necesitas antes de emitir tu primera factura

  • Inicio de actividades ya aprobado por el SII
  • Certificado digital vigente (necesario específicamente para firmar documentos tributarios electrónicos — distinto de tu ClaveÚnica)
  • Haber definido tu régimen tributario (ver sección siguiente)
🔗Trámite en línea — Emisión de documentos tributarios electrónicos
Acceso conRUT + Clave Tributaria o Certificado Digital
Cómo entrarServicios Online → Factura Electrónica → «Sistema de Facturación Gratuito del SII» (opción sin costo para emprendimientos que recién comienzan) o registro de un software de facturación de mercado si prefieres uno con más funcionalidades.
NotaEl sistema gratuito del SII cubre lo esencial (emitir, enviar, y llevar el registro de tus documentos), pero no incluye funciones de gestión contable avanzada.

Decisión: ¿qué régimen tributario me conviene?

Al hacer el inicio de actividades, debes elegir un régimen tributario. Esta decisión afecta directamente cuánto y cómo pagas impuestos durante años.

Pro Pyme General vs. Pro Pyme Transparente — guía completa con tabla resumen


Formulario 29: la declaración mensual

Si tu empresa o tu actividad de primera categoría está afecta a IVA, debes declarar mensualmente a través del Formulario 29, que consolida:

  • El IVA de tus ventas (débito fiscal) menos el IVA de tus compras (crédito fiscal)
  • Los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), un anticipo del impuesto a la renta anual
  • Las retenciones de boletas de honorarios que hayas recibido, si tu empresa contrató a independientes

Plazo: se declara y paga entre los primeros días de cada mes. El SII publica el calendario tributario anual con las fechas exactas.

🔗Trámite en línea — Formulario 29 — Declaración mensual IVA
Acceso conRUT + Clave Tributaria o ClaveÚnica
Cómo entrarServicios Online → Declaración de IVA (F29) → el sistema pre-carga automáticamente tus documentos electrónicos emitidos y recibidos, facilitando el llenado.
NotaAunque no tengas movimiento en el mes, si tu empresa tiene inicio de actividades activo, en la mayoría de los casos igual debes presentar la declaración (F29 «en cero»), para evitar que el SII interprete inactividad no declarada.

Formulario 22: la declaración anual (Operación Renta)

Es la declaración anual de impuesto a la renta, que se presenta en abril de cada año sobre los ingresos del año calendario anterior. Aplica tanto a empresas como a personas naturales con boletas de honorarios.

Lo que se resuelve en esta declaración:

  • Si las retenciones que te hicieron durante el año (boletas de honorarios) o los PPM que pagó tu empresa fueron suficientes, insuficientes, o excesivos frente al impuesto real que corresponde — resultando en pago adicional o devolución.
  • Para personas con boletas de honorarios, también se calculan aquí las cotizaciones previsionales obligatorias correspondientes al año.
🔗Trámite en línea — Formulario 22 — Operación Renta
Acceso conRUT + Clave Tributaria o ClaveÚnica
Cómo entrarServicios Online → Declaración de Renta → el SII ofrece un borrador pre-llenado con la información que ya tiene de tus boletas, facturas y otros datos declarados durante el año.
NotaEl prellenado del SII conviene revisarlo con cuidado antes de aceptarlo — un borrador incorrecto sigue siendo tu responsabilidad al declarar. El plazo estándar es en abril; el SII publica cada año el calendario con fechas exactas.

Resumen de instituciones involucradas

InstituciónRol en esta categoría
SIIAdministra todos los trámites de esta categoría: boletas, facturas, F29, F22, régimen tributario
Bancos / entidades financierasReciben el pago de F29 y F22 cuando corresponde